Agencia:
Ofic. del Comisionado de Instituciones Financieras
Número:
8470
Estado:
Activo
Año:
2014
Fecha:
14 de mayo de 2014
Este Reglamento Núm. 8470, emitido por la Oficina del Comisionado de Instituciones Financieras de Puerto Rico el 14 de mayo de 2014, establece las directrices para la implementación del Artículo 46 de la Ley 93-2013. Su propósito principal es regular el proceso mediante el cual las compañías de inversión inscritas bajo la Ley Núm. 6 de 1954 pueden optar por sujetarse a las disposiciones de la nueva "Ley de Compañías de Inversión de Puerto Rico de 2013". Para efectuar esta "Conversión", la junta de directores de la compañía debe aprobar una resolución que considere el cambio beneficioso para los inversionistas. Dicha resolución requiere la ratificación por voto de la mayoría de los valores mobiliarios en circulación y debe ser notificada al Comisionado. La elección será efectiva a partir del mes siguiente a su aprobación y notificación. Además, el reglamento detalla un proceso escalonado de tres años para que las compañías que operaban bajo el Artículo 6(e) de la Ley Núm. 6 reduzcan su concentración en activos de Puerto Rico, hasta alcanzar un mínimo del veinte por ciento. También se estipula que la composición de la junta de directores deberá ajustarse a los requisitos de la Ley 93-2013 a medida que expiren los términos de los directores actuales.
Número: 8470 Fecha: 14 de mayo de 2014 Aprobado: Hon. David E. Bernier Rivera Secretario de Estado
Por: Francisco J. Rodríguez Bernier Secretario Auxiliar de Servicios
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO OFICINA DEL COMISIONADO DE INSTITUCIONES FINANCIERAS
REGLAMENTO NÚM. _______
PARA IMPLEMENTAR LAS DISPOSICIONES DEL ARTÍCULO 46 DE LA LEY 93-2013, SEGÚN ENMENDADA POR LA LEY 137-2013, TITULADA "LEY DE COMPAÑÍAS DE INVERSIÓN DE PUERTO RICO DE 2013"
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ARTÍCULO 1. TÍTULO BREVE..........................................................................................................
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