Agencia:
Autoridad de Carreteras y Transportación
Número:
8466
Estado:
Activo
Año:
2014
Fecha:
16 de abril de 2014
La Autoridad de Carreteras y Transportación de Puerto Rico (ACT) emitió la Enmienda Número 1 a su Reglamento de Personal, aprobada el 16 de abril de 2014 por el Secretario de Estado. Esta modificación surge como respuesta a la grave crisis fiscal que atraviesa la Autoridad, la cual ha requerido la implementación de medidas drásticas de control de gastos para restaurar su estabilidad financiera. El propósito central de la enmienda es derogar por completo las disposiciones establecidas en los Sub-incisos
(c) y
(d) de la Sección 14.4, Inciso 9, del Artículo 14, titulado "Retribución". Específicamente, se eliminan ciertos aspectos relacionados con los "Aumentos de Sueldo por Mérito". La base legal para esta acción se fundamenta en la Ley Número 74 de 1965, que creó la ACT, y la Ley Número 170 de 1988, conocida como Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme. La enmienda entrará en vigor treinta días después de su radicación ante el Departamento de Estado, consolidando así los esfuerzos de la ACT por gestionar su situación económica.
Número: 8466 Fecha: 16 de abril de 2014 Aprobado: Hon. David E. Bernier Rivera Secretario de Estado
Por: Francisco J. Rodríguez Bernier Secretario Auxiliar de Servicios
Estado Libre Asociado de Puerto Rico Departamento de Transportación y Obras Públicas AUTORIDAD DE CARRETERAS Y TRANSPORTACIÓN
REGLAMENTO DE PERSONAL (ENMIENDA NÚMERO 1)
TABLA DE CONTENIDO
ARTÍCULO 1 - INTRODUCCIÓN 1 ARTÍCULO 2 - BASE LEGAL 1 ARTÍCULO 3 - PROPÓSITO 2 ARTÍCULO 4 - ENMIENDAS 2 ARTÍCULO 5 - VIGENCIA Y DEROGACIÓN 2
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