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Reglamentos/Agencias/Departamento de Salud/Reglamento 8442

Reglamento 8442

Activo

Codigo de Etica Profesional de los Consejeros en Rehabilitación

Información del Reglamento

Agencia:

Departamento de Salud

Número:

8442

Estado:

Activo

Detalles Técnicos

Año:

2014

Fecha:

24 de enero de 2014

Descripción

El Código de Ética Profesional de los Consejeros en Rehabilitación en Puerto Rico, emitido por la Oficina de Reglamentación y Certificación de los Profesionales de la Salud, establece las normas obligatorias para la práctica ética de estos profesionales. Su objetivo principal es salvaguardar el bienestar y los derechos de los clientes, promoviendo una conducta profesional responsable. El documento detalla principios fundamentales para la relación de consejería, enfatizando el respeto a la diversidad, la autonomía del cliente y la prevención de daños. Incluye directrices estrictas sobre confidencialidad, comunicación privilegiada y privacidad, así como el manejo adecuado de la información y los expedientes. Aborda también la responsabilidad profesional, la competencia cultural, las credenciales y la base científica de las intervenciones. Además, regula las relaciones con otros profesionales, la defensa de los derechos del cliente y la accesibilidad a los servicios. Finalmente, el código establece pautas específicas para servicios forenses, medición, evaluación e interpretación, y la enseñanza, formación y supervisión, conformando un marco integral para la práctica ética en la rehabilitación.

Contenido del Reglamento

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO DEPARTAMENTO DE SALUD OFICINA DE REGLAMENTACIÓN Y CERTIFICACIÓN DE LOS PROFESIONALES DE LA SALUD

CÓDIGO DE ÉTICA PROFESIONAL DE LOS CONSEJEROS EN REHABILITACION

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TABLA DE CONTENIDO ..... 2 PREÁMBULO ..... 7 GLOSARIO DE TÉRMINOS ..... 11 NORMAS OBLIGATORIAS EN MATERIA DE ÉTICA PRÁCTICA ..... 14 SECCIÓN A: RELACIÓN DE CONSEJERÍA ..... 14 A.1. BIENESTAR DEL CLIENTE ..... 14 A.2. RESPETO A LA DIVERSIDAD ..... 14 A.3. DERECHOS DEL CLIENTE EN LA RELACIÓN DE CONSEJERÍA ..... 15 A.4. EVITAR DAÑOS Y LA IMPOSICIÓN DE VALORES. ..... 16 A.5. ROLES Y RELAC...

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