Agencia:
Administración de los Sistemas de Retiro
Número:
8424
Estado:
Activo
Año:
2013
Fecha:
10 de diciembre de 2013
Las enmiendas al Reglamento Número 8054, aprobadas el 18 de diciembre de 2013 por la Administración de los Sistemas de Retiro de los Empleados del Gobierno y la Judicatura, establecen las normas para la concesión de préstamos personales en línea. Estas modificaciones están dirigidas a los participantes y pensionados de los Sistemas de Retiro del Gobierno y la Judicatura de Puerto Rico. La Junta de Síndicos enmienda específicamente la Sección 4 del Artículo 8 y la Sección 7 del Artículo 10 del reglamento vigente. Se incorpora la Ley de Transacciones Electrónicas para regir la otorgación de estos préstamos digitales. Además, se aclara que los préstamos son un instrumento de inversión de los Sistemas, no un derecho adquirido por los participantes o pensionados. Su concesión es discrecional, supeditada al cumplimiento de los requisitos reglamentarios y a las estrategias de inversión de los Sistemas.
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO
Administración de los Sistemas de Retiro de los Empleados del Gobierno y la Judicatura
Número: 8424 Fecha: 18 de diciembre de 2013 Aprobado: Hon. David E. Bernier Rivera Secretario de Estado
Por: Francisco J. Rodríguez Bernier Secretario Auxiliar de Servicios
ENMIENDAS AL REGLAMENTO NÚMERO 8054 PARA LA CONCESIÓN DE PRÉSTAMOS PERSONALES Y VIAJES CULTURALES
2013
Enmiendas al Reglamento para la Concesión de Préstamos Personales y Via...
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