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Reglamentos/Agencias/Departamento de Hacienda/Reglamento 8392

Reglamento 8392

Activo

Reglamento para la Implementación y Ejecución de la Ley Número 73 - 2013

Información del Reglamento

Agencia:

Departamento de Hacienda

Número:

8392

Estado:

Activo

Detalles Técnicos

Año:

2013

Fecha:

21 de octubre de 2013

Descripción

El Reglamento para la Implementación y Ejecución de la Ley 73-2013, aprobado el 21 de octubre de 2013, establece las directrices para la aplicación de dicha ley en Puerto Rico. Su propósito principal es facilitar a conductores y dueños de vehículos de motor el pago de multas de tránsito acumuladas bajo la Ley 22-2000. La Ley 73-2013 introduce un mecanismo de incentivo que permite saldar estas deudas con el Estado, ofreciendo una reducción del treinta y cinco por ciento (35%) para el pago acelerado de las multas. Este alivio busca mitigar la carga financiera que a menudo dificulta la renovación de licencias y permisos vehiculares. El reglamento detalla los procedimientos, requisitos e instrucciones a seguir para el control y trámite de estas transacciones de cobro. Su aplicabilidad se extiende a todos los conductores y dueños registrales de vehículos con multas expedidas bajo la Ley 22-2000. Además, rige las operaciones de los Centros de Servicios al Conductor (CESCO) del Departamento de Transportación y Obras Públicas y las Colecturías del Departamento de Hacienda ubicadas en ellos.

Contenido del Reglamento

Número: 8392 Fecha: 21 de octubre de 2013 Aprobado: Hon. David E. Bernier Rivera Secretario de Estado

Por: Francisco J. Rodríguez Bernier Secretario Auxiliar de Servicios

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO DEPARTAMENTO DE TRANSPORTACIÓN Y OBRAS PÚBLICAS DEPARTAMENTO DE HACIENDA

REGLAMENTO PARA LA IMPLEMENTACIÓN Y EJECUCIÓN DE LA LEY NÚMERO 73- 2013

INDICE

ARTÍCULO I TÍTULO.............................................................................................................................................................................................................................

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