Agencia:
Autoridad para el Financiamiento de la Vivienda
Número:
8388
Estado:
Activo
Año:
2013
Fecha:
26 de agosto de 2013
La Autoridad para el Financiamiento de la Vivienda de Puerto Rico emitió el 26 de agosto de 2013 la Primera Enmienda al Reglamento Número 8373 del Programa Mi Casa Propia, aprobada por el Secretario de Estado. Esta enmienda se promulga conforme al Reglamento 8373, que rige el Programa Mi Casa Propia, creado por la Ley Núm. 34 del 26 de junio de 2013, y bajo las facultades de la Autoridad. Su propósito principal es modificar el Artículo III del Reglamento, añadiendo y re-denominando varias definiciones de beneficiarios exentos y atemperando el Inciso 8.1a del Artículo VIII. Entre las nuevas definiciones se incluyen "Beneficiario padre y/o madre solteros", "Beneficiario viudo o viuda" y "Beneficiario con Impedimentos", detallando los criterios para cada categoría. Asimismo, se actualiza la definición de "Ingreso Bruto Anual", especificando las deducciones permitidas y las exclusiones para jóvenes universitarios con empleos temporeros y personas mayores de 60 años que reciben seguro social. Estas modificaciones buscan clarificar las disposiciones del programa y establecer términos y condiciones relacionados con su funcionamiento y aplicabilidad.
Número: 8388 Fecha: 26 de agosto de 2013 Aprobado: Hon. David E. Bernier Rivera Secretario de Estado
Por: Francisco J. Rodríguez Bernier Secretario Auxiliar de Servicios
AUTORIDAD PARA EL FINANCIAMIENTO DE LA VIVIENDA DE PUERTO RICO
PRIMERA ENMIENDA AL REGLAMENTO NÚMERO 8373 DEL PROGRAMA MI CASA PROPIA
ÍNDICE
PÁGINA ARTÍCULO I. BASE LEGAL Y PROPÓSITO .....................................................................................................................................................................................................................................................
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