Agencia:
Oficina de Administración de las Procuradurías
Número:
8349
Estado:
Activo
Año:
2013
Fecha:
7 de mayo de 2013
Aprobado el 7 de mayo de 2013, este reglamento establece las normas para la instalación y operación de cámaras de seguridad, junto con los estándares de seguridad aplicables. La Oficina de Administración de las Procuradurías (OAP) lo promulgó basándose en la Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme y el Plan de Reorganización de las Procuradurías. Su marco legal también integra el derecho a la intimidad consagrado en la Constitución de Puerto Rico y la Ley de Seguridad para los Edificios Públicos. El documento aborda la aplicabilidad, el propósito, las definiciones, las normas de seguridad, la notificación pública y la gestión de los centros de vigilancia por video. Asimismo, detalla la disposición de la información capturada, los procedimientos de quejas y, de manera crucial, la protección del derecho a la intimidad de los individuos. El objetivo principal es garantizar la eficiencia y efectividad en la administración de recursos gubernamentales y la prestación de servicios, manteniendo un equilibrio con la salvaguarda de la privacidad.
REGLAMENTO SOBRE NORMAS DE SEGURIDAD E INSTALACIÓN Y OPERACIÓN DE CÁMARAS DE SEGURIDAD
APROBADO EL 7 DE mayo DE 2013
ARTICULO ..... PAGINA Artículo I - Titulo ..... 3 Artículo II - Base Legal ..... 3 Artículo III - Aplicabilidad ..... 4 Artículo IV - Propósito ..... 4 Artículo V - Definiciones ..... 5 Artículo VI - Normas de Seguridad ..... 6 Artículo VII - Notificación Publica ..... 8 Artículo VIII - Centro de Vigilancia por Video ..... 8 Artículo IX - Cámaras de Seguridad ..... 10 Artículo X - Disposición de la Información ..... 11 Artículo XI - Procedimiento de Quejas .....
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