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Reglamentos/Agencias/Departamento de Justicia/Reglamento 8338

Reglamento 8338

Activo

Reglamento de la Junta de Confiscaciones para el Recibo, Conservación y Disposición de los Vehículos de Motor, Embarcaciones, Aviones y Otros Medios de Transportación Confiscados, Enmienda al Reglamento Número 8102.

Información del Reglamento

Agencia:

Departamento de Justicia

Número:

8338

Estado:

Activo

Detalles Técnicos

Año:

2013

Fecha:

11 de abril de 2013

Descripción

La Enmienda al Reglamento Núm. 8102 de la Junta de Confiscaciones, aprobada el 11 de abril de 2013, tiene como propósito principal clarificar y ampliar la definición del término "Agencias estatales de orden público". Este reglamento rige el recibo, conservación y disposición de vehículos de motor, embarcaciones, aviones y otros medios de transportación confiscados. La definición original en el Artículo 5, inciso A, se consideraba una enumeración taxativa, lo que podría excluir a otras agencias estatales con personal de orden público y funciones de investigación criminal.

La enmienda busca corregir esta limitación, asegurando que la definición incluya no solo a las agencias previamente listadas, sino también a la Policía de Puerto Rico, la Policía Municipal, y cualquier otra agencia o departamento estatal con divisiones u oficinas encargadas de investigaciones criminales y que cuenten con agentes del orden público. De esta manera, se amplía el alcance de las entidades cubiertas por las disposiciones del reglamento en cuanto a la propiedad confiscada. La base legal para esta modificación se encuentra en la Ley Uniforme de Confiscaciones de 2011 y la Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme. La enmienda entrará en vigor treinta días después de su presentación ante el Departamento de Estado.

Contenido del Reglamento

DEPARTAMENTO DE ESTADO

Número: $\quad \mathbf{8 3 3 8}$ Fecha: $\quad 11$ de abril de 2013 Aprobado: Hon. David E. Bernier Rivera Secretario de Estado Por: Francisco J. Rodríguez Bernier Secretario Auxiliar de Servicios

GOBIERNO DE PUERTO RICO
DEPARTAMENTO DE JUSTICIA

ENMIENDA AL REGLAMENTO NÚM. 8102
CONOCIDO COMO REGLAMENTO DE LA JUNTA DE CONFISCACIONES PARA EL RECIBO, CONSERVACIÓN Y DISPOSICIÓN DE LOS VEHÍCULOS DE MOTOR, EMBARCACIONES, AVIONES Y OTROS MEDIOS DE TRANSPORTACIÓN CONFISCADOS

Artículo I: Base Legal

Esta Enmienda al Reglamento Núm. 8102 conocido como Reg...

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