Agencia:
Oficina del Contralor
Número:
8303
Estado:
Activo
Año:
2012
Fecha:
19 de diciembre de 2012
El Reglamento Núm. 59, aprobado el 19 de diciembre de 2012 por el Secretario de Estado, establece las normas para el funcionamiento del Registro de Informes en la Oficina del Contralor del Estado Libre Asociado de Puerto Rico. Este reglamento se promulga en virtud de la Ley Núm. 36 de 2012 y la Ley Núm. 9 de 1952, que otorgan al Contralor la facultad de emitir las regulaciones necesarias. Su propósito principal es regir la remisión y gestión de los informes que, por mandato legal, deben presentar las agencias e instrumentalidades del Gobierno de Puerto Rico. El Registro de Informes se concibe como un recurso de naturaleza pública, accesible para examen a través de la página de Internet de la Oficina del Contralor. Su alcance es amplio y universal, aplicando sin excepción a todas las entidades de las ramas Ejecutiva, Legislativa y Judicial, incluyendo las corporaciones públicas y sus subsidiarias. El documento detalla aspectos cruciales como la creación, contenido, actualización, verificación y custodia de los documentos relacionados con este registro.
Número: 8303 Fecha: $\quad 19$ de diciembre de 2012 Aprobado: Hon. Kenneth D. McClintock Secretario de Estado Estado Libre Asociado de Puerto Rico OFICINA DEL CONTRALOR San Juan, Puerto Rico Por: $\frac{ ext { Eduardo Arosemena Muñoz }}{ ext { Secretario Auxiliar de Servicios }}$
ÍNDICE CONTENIDO ..... PÁGINA Artículo 1. BASE LEGAL ..... 3 Artículo 2. PROPÓSITO ..... 3 Artículo 3. ALCANCE ..... 3 Artículo 4. ASPECTOS GENERALES ..... 4 4.1. Definiciones ..... 4 4.2. Prohibición de Discrim...
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