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Reglamentos/Agencias/Departamento de Hacienda/Reglamento 8262

Reglamento 8262

Activo

Reglamento Para Añadir el Artículo 6060.20-1 al Reglamento Núm. 8049, Reglamento del Código de Rentas Interna de 2011

Información del Reglamento

Agencia:

Departamento de Hacienda

Número:

8262

Estado:

Activo

Detalles Técnicos

Año:

2012

Fecha:

1 de octubre de 2012

Descripción

Este reglamento del Departamento de Hacienda del Gobierno de Puerto Rico, con fecha de 1 de octubre de 2012, añade el Artículo 6060.20-1 al Reglamento Núm. 8049, conocido como el "Reglamento del Código de Rentas Internas de 2011". Su propósito es implementar las disposiciones de la Sección 6060.20 de la Ley Núm. 1-2011, el "Código de Rentas Internas para un Nuevo Puerto Rico". El nuevo artículo, titulado "Cancelación de Gravámenes y Liberación de Propiedades", establece los procedimientos para la cancelación de notificaciones de gravámenes contributivos.

El Secretario de Hacienda emitirá una certificación de cancelación en un plazo no mayor de 60 días cuando la obligación contributiva haya sido satisfecha en su totalidad o se haya tornado legalmente inexigible. También se contempla la cancelación si se acepta una fianza condicionada al pago de la cantidad adeudada. La satisfacción de la obligación ocurre cuando el Secretario lo determina o el contribuyente presenta evidencia de pago completo, que incluye recibos, cheques cancelados o transferencias electrónicas. En casos de gravámenes con múltiples deudas, la cancelación se emitirá una vez que todas las deudas estén satisfechas o sean inexigibles. Las solicitudes de cancelación deben dirigirse al Negociado de Cobros del Departamento.

Contenido del Reglamento

GOBIERNO DE PUERTO RICO

DEPARTAMENTO DE HACIENDA

INGLECIO

DEPARTAMENTO DE ESTADO

Número: 8262

Fecha: 1 de octubre de 2012

Aprobado: Hon. Kenneth D. McClintock

Secretario de Estado

Por: Eduardo Arosemena Muñoz

Título: Reglamento para añadir el Artículo 6060.20-1 al Reglamento Núm. 8049 de 21 de julio de 2011, mejor conocido como el "Reglamento del Código de Rentas Internas de 2011", para implantar las disposiciones de la Sección 6060.20 de la Ley Núm. 1- 2011, según enmendada, conocida como "Código de Rentas Internas para un Nuevo Puerto Rico", prom...

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