Agencia:
Autoridad de los Puertos
Número:
8184
Estado:
Activo
Año:
2012
Fecha:
20 de abril de 2012
La Enmienda I a la Regulación Núm. 8067, emitida por el Departamento de Estado de Puerto Rico el 20 de abril de 2012, modifica aspectos clave de la normativa sobre el flujo de tráfico comercial y la seguridad en las instalaciones portuarias. Esta enmienda se enfoca en garantizar un escaneo eficiente de los contenedores de carga de entrada y mejorar la seguridad, implementando la política pública delegada a la Autoridad de los Puertos. Específicamente, el Artículo I se modifica para detallar que la Autoridad de los Puertos utiliza un sistema de escaneo de carga no intrusivo, capaz de inspeccionar hasta el 100% de los contenedores de entrada. Este método busca maximizar la seguridad portuaria y apoyar los objetivos de recaudación fiscal del Departamento de Hacienda, manteniendo un flujo comercial eficiente. Además, se establece que el proceso de inspección de contenedores de carga extranjeros comenzará únicamente después de que la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza de EE. UU. haya completado su inspección y liberado los intereses federales. Finalmente, el Artículo III redefine "Contenedores de Carga de Entrada" para incluir aquellos que llegan a Puerto Rico desde cualquier puerto, ya sea extranjero o doméstico, una vez que han sido liberados por la autoridad aduanera federal.
DEPARTAMENTO DE ESTADO Número: 8184 Fecha: 20 de abril de 2012 Aprobado: Hon. Kenneth D. McClintock Secretario de Estado
Por: Eduardo Arosemena Muñoz Secretario Auxiliar de Servicios
AMENDMENT I TO REGULATION NO. 8067
REGULATION FOR IMPLEMENTING THE NECESSARY MEANS TO GUARANTEE AN EFFICIENT FLOW OF COMMERCIAL TRAFFIC IN THE SCANNING OF INBOUND CARGO CONTAINERS, TO IMPROVE SECURITY AND SAFETY AT THE PORT FACILITIES, AND/OR TO OTHERWISE IMPLEMENT THE PUBLIC POLICY OF THE COMMONWEALTH OF PUERTO RICO DELEGATED UPON THE PORTS AUTHORITY
ARTICLE I. INTRODUCTION AND LEGAL GROUNDS ...
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