Agencia:
Junta de Síndicos (UPR)
Número:
8123
Estado:
Activo
Año:
2011
Fecha:
21 de diciembre de 2011
La Certificación Núm. 40 (2011-2012) de la Junta de Síndicos de la Universidad de Puerto Rico introduce enmiendas a los Artículos IV, V y VI del Reglamento para el Cobro de Deudas, aprobadas el 19 de diciembre de 2011. Se incorpora la definición de "Acuerdo de compensación" como un pacto escrito entre una unidad institucional y una agencia gubernamental o entidad privada para cancelar obligaciones recíprocas. El Artículo V establece nuevas disposiciones generales para el manejo de deudas de agencias gubernamentales y entidades privadas. Las unidades institucionales deben evaluar la continuidad de servicios para cuentas con 90 días o más de vencimiento, pudiendo la autoridad nominadora rescindir contratos o tomar otras medidas hasta el pago o la formalización de un plan de pago. Las oficinas de finanzas determinarán anualmente la conveniencia de formalizar acuerdos de compensación de deuda para cuentas recíprocas, siendo la autoridad nominadora la única facultada para ello. Estos acuerdos deben detallar las facturas incluidas, mientras que las gestiones de cobro continúan para las no cubiertas. Estas modificaciones buscan optimizar y fortalecer los procedimientos de cobro de deudas de la Universidad de Puerto Rico.
Número: 8123 Fecha: $\quad 19$ de diciembre de 2011 Aprobado: Hon. Kenneth D. McClintock Secretario de Estado
Por: $\qquad$ Eduardo Arosemena Muñoz Secretario Auxiliar de Servicios
EN LA UNIVERSIDAD DE PUERTO RICO CERTIFICACIÓN NÚM. 40 (2011-2012)
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Artículo IV. Definiciones ..... 3 A. Acu...
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