Agencia:
Departamento de Hacienda
Número:
8079
Estado:
Activo
Año:
2011
Fecha:
27 de septiembre de 2011
El Reglamento Núm. 8079, emitido por el Gobierno de Puerto Rico el 27 de septiembre de 2011, tiene como objetivo principal añadir los Artículos 1063.07-1 al 1063.07-4 al Reglamento Núm. 8049, conocido como el "Reglamento del Código de Rentas Internas de 2011". Esta normativa busca implementar las disposiciones de la Sección 1063.07 de la Ley Núm. 1 de 31 de enero de 2011, el "Código de Rentas Internas para un Nuevo Puerto Rico". Se promulga bajo la facultad del Secretario de Hacienda para adoptar reglamentos necesarios para la aplicación del Código. El Artículo 1063.07-1, detallado en el documento, establece definiciones cruciales para el Código y este Reglamento. Define "Solicitud o extensión de crédito aprobada", abarcando diversos tipos de préstamos, líneas de crédito y tarjetas de crédito, y especifica los criterios para sus fechas de aprobación. Incluye disposiciones particulares para líneas de crédito, cuentas al margen y cartas de crédito subsidiarias, aclarando que las meras renovaciones sin aumento de crédito no constituyen nuevas aprobaciones. Además, el reglamento define "Negocio financiero", enumerando una amplia gama de entidades como bancos comerciales, asociaciones de ahorro y préstamo, cooperativas de crédito y casas de corretaje.
DEPARTAMENTO DE HACIENDA
DEPARTAMENTO DE ESTADO
Número: 8079 Fecha: 27 de septiembre de 2011 Aprobado: Hon. Kenneth D. McClintock Secretario de Estado
Por: Eduardo Arosemena Muñoz Secretario Auxiliar de Servicios
TITULO: Reglamento para añadir los Artículos 1063.07-1 al 1063.07-4, al Reglamento Núm. 8049 de 21 de julio de 2011, mejor conocido como el "Reglamento del Código de Rentas Internas de 2011", para implantar las disposiciones de la Sección 1063.07 de la Ley Núm. 1 de 31 de enero de 2011, conocida como "Código de Rentas Internas para un Nuevo Puerto Rico", ...
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