Agencia:
Junta de Síndicos (UPR)
Número:
8040
Estado:
Activo
Año:
2011
Fecha:
28 de junio de 2011
El documento oficializa la enmienda al Artículo 4.9 del Reglamento General de Estudiantes de la Universidad de Puerto Rico, aprobada el 18 de junio de 2011 y certificada por el Departamento de Estado el 28 de junio de 2011. Esta modificación establece los términos de la representación y la vigencia de los cargos para los presidentes y representantes estudiantiles en los consejos generales de las unidades universitarias. Se determina que estos serán elegidos por un período de un año, iniciando el 1 de julio del año de la elección y concluyendo el 30 de junio del año siguiente. Además, se estipula que, en caso de no elegirse un sucesor a tiempo, el incumbente cualificado permanecerá en sus funciones hasta la elección y certificación de su reemplazo. La enmienda también detalla las circunstancias bajo las cuales un representante estudiantil cesará en su cargo. Esto incluye ser sancionado disciplinariamente con suspensión o expulsión, o dejar de cumplir con los requisitos de elegibilidad establecidos en el Artículo 5.2 del mismo Reglamento.
Número: 8040
Fecha: 28 de junio de 2011
Aprobado: Hon. Kenneth D. McClintock
Secretario de Estado
Por: Eduardo Arosemena Muñoz
Secretario Auxiliar de Servicios
ENMIENDA AL ARTÍCULO 4.9 DEL REGLAMENTO GENERAL DE ESTUDIANTES
DE LA UNIVERSIDAD DE PUERTO RICO
Aprobado: 18 de junio de 2011
PÁGINA PARTE C - SOBRE LOS REPRESENTANTES ESTUDIANTILES...
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