Agencia:
Departamento de Corrección y Rehabilitación
Número:
7933
Estado:
Activo
Año:
2010
Fecha:
18 de octubre de 2010
Este reglamento, emitido por el Departamento de Corrección y Rehabilitación de Puerto Rico, establece los procedimientos para el re-ingreso de participantes en el programa de supervisión electrónica. Se enfoca específicamente en aquellos que han contravenido las disposiciones de la Ley Núm. 49 de 26 de mayo de 1995. El programa de supervisión electrónica es un privilegio que permite a los confinados cumplir sus sentencias fuera de las instituciones correccionales, promoviendo la rehabilitación en la comunidad siempre que sea compatible con la seguridad pública. La base legal para este reglamento se encuentra en la Ley Núm. 116 de 22 de julio de 1974, que faculta a la Administración de Corrección para crear y regular estos programas. El documento detalla aspectos como su alcance, definiciones, disposiciones generales para la participación y, crucialmente, los procedimientos de evaluación y re-ingreso. Su objetivo es asegurar la correcta implantación y cumplimiento de los privilegios concedidos a la población correccional, regulando las consecuencias de su incumplimiento.
Estado Libre Asociado de Puerto Rico Departamento de Corrección y Rehabilitación Administración de Corrección San Juan, Puerto Rico
DEPARTAMENTO DE ESTADO Número: 7933 Fecha: $\quad 18$ de octubre de 2010 Aprobado: Hon. Kenneth D. McClintock Secretario de Estado Por: $\frac{ ext { Eduardo Arosemena Muñoz }}{ ext { Secretario Auxiliar de Servicios }}$
REGLAMENTO PARA EL PROCESAMIENTO DE RE-INGRESO DE PARTICIPANTES QUE DISFRUTAN DEL PROGRAMA DE SUPERVISIÓN ELECTRÓNICA DE LA ADMINISTRACIÓN DE CORRECCIÓN EN CONTRAVENCIÓN A LAS DISPOSICIONES DE LA LEY NUM. 49 DE 26 DE MAYO DE 1995
Todo el contenido de Leyes, Casos y Reglamentos es siempre gratis.
Sin tarjeta de crédito