Agencia:
Administración y Trans. de los Recursos Humanos (OATRH)
Número:
7929
Estado:
Activo
Año:
2010
Fecha:
5 de octubre de 2010
La Carta Normativa Especial Núm. 3 – 2010 establece las directrices para el empleo y la contratación de personas pensionadas por edad o por años de servicios de los sistemas de retiro subvencionados por el Gobierno de Puerto Rico. Este documento actualiza y armoniza la normativa previa, integrando las enmiendas de la Ley Núm. 40 de 1959 y lo dispuesto en la Ley Núm. 146 de 2009. Una modificación clave es la eliminación del requisito sobre el máximo de horas autorizadas anualmente para la contratación de pensionados. Se especifica que, si el empleo de un pensionado no cumple con las condiciones establecidas, se procederá a la suspensión total del pago de su pensión. Estas normas son aplicables a cualquier pensionado de sistemas de retiro gubernamentales que preste servicios al Gobierno Estatal, sus instrumentalidades, corporaciones públicas o municipios. Los pensionados pueden servir sin menoscabo de su pensión como miembros de juntas (por dietas), legisladores (con dietas y millaje), mediante contratos para servicios profesionales o consultivos, o para otros servicios contractuales bajo la condición de escasez de recursos humanos y previa autorización de ORHELA. La Oficina de Recursos Humanos del Estado Libre Asociado de Puerto Rico emite esta normativa en virtud de sus facultades legales.
Estado Libre Asociado de Puerto Rico OFICINA DE RECURSOS HUMANOS DEL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO P O Box 8476 San Juan, Puerto Rico 00910-8476
Número: 7929 Fecha: 5 de octubre de 2010 Aprobado: Hon. Kenneth D. McClintock Secretario de Estado
Por: Eduardo Arosemena Muñoz Secretario Auxiliar de Servicios
2 de agosto de 2010
CARTA NORMATIVA ESPECIAL NÚM. 3 – 2010
Jefes de Agencias Administradores Individuales del Sistema de Administración de los Recursos Humanos, Jefes de Agencias Excluidas de la Ley para la Administración de los Recursos Humanos en el Serv...
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