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Reglamentos/Agencias/Ofic. del Comisionado de Instituciones Financieras/Reglamento 7900

Reglamento 7900

Activo

Reglamento para Establecer un Protocolo de Prevención y Detección de Casos de Explotación Financiera a Personas de Edad Avanzada o con Impedimentos.

Información del Reglamento

Agencia:

Ofic. del Comisionado de Instituciones Financieras

Número:

7900

Estado:

Activo

Detalles Técnicos

Año:

2010

Fecha:

30 de julio de 2010

Descripción

El Reglamento Número 7900, emitido por la Oficina del Comisionado de Instituciones Financieras (OCIF) del Gobierno de Puerto Rico el 30 de julio de 2010, establece un protocolo obligatorio para la prevención y detección de casos de explotación financiera a personas de edad avanzada o con impedimentos. Este reglamento se fundamenta en la Ley Núm. 4 de 1985 y la Ley Núm. 206 de 2008, que facultan a la OCIF para requerir a las instituciones financieras, cooperativas y de seguros en Puerto Rico la implementación de dicho protocolo. El objetivo principal es proteger a poblaciones vulnerables de abusos económicos. El protocolo exige a estas entidades identificar comportamientos y actividades financieras sospechosas, implementar acciones afirmativas, manejar adecuadamente los casos identificados y realizar los referidos pertinentes a las autoridades. Además, el reglamento contempla la inmunidad civil para quienes reporten de buena fe y establece sanciones para el incumplimiento. Su vigencia busca fortalecer la protección de los derechos económicos de los adultos mayores y personas con impedimentos en la isla.

Contenido del Reglamento

DEPARTAMENTO DE ESTADO Número: 7900 Fecha: 30 de julio de 2010 Aprobado: Hon. Kenneth D. McClintock Secretario de Estado

Por: Eduardo Arosemena Muñoz Secretario Auxiliar de Servicios

GOBIERNO DE PUERTO RICO OFICINA DEL COMISIONADO DE INSTITUCIONES FINANCIERAS (OCIF)

REGLAMENTO PARA ESTABLECER UN PROTOCOLO DE PREVENCIÓN Y DETECCIÓN DE CASOS DE EXPLOTACIÓN FINANCIERA A PERSONAS DE EDAD AVANZADA O CON IMPEDIMENTOS

ÍNDICE

PÁGINA

ARTÍCULO 1. DISPOSICIONES GENERALES.......................................................3-4

SECCIÓN 1. TÍTULO BREVE..................................................

Page 1

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