Agencia:
Autoridad para el Financiamiento de la Vivienda
Número:
7883
Estado:
Activo
Año:
2010
Fecha:
1 de julio de 2010
Esta es la Tercera Enmienda al Reglamento Número 7793, que rige el Programa de Estímulo de Compra de Viviendas en Puerto Rico, establecido bajo la Ley Núm. 9 de 2009. El propósito principal de esta enmienda es modificar la Sección IV, inciso C, relativa a la vigencia del programa, buscando una mayor utilización del mismo.
La enmienda faculta al Director Ejecutivo de la Autoridad para el Financiamiento de la Vivienda a establecer la duración del programa de forma indefinida, según la necesidad y disponibilidad de fondos, mediante Cartas Circulares autorizadas por la Junta de Directores. Estas circulares también determinarán cómo se distribuirán los beneficios entre viviendas de nueva construcción y existentes.
Aunque la Autoridad puede terminar el programa si los fondos asignados se agotan, las promesas de asegurabilidad y compra ya emitidas serán respetadas. Los fondos de casos no cerrados dentro del término provisto estarán disponibles para nuevas transacciones. Las transacciones cerradas antes de la aprobación de esta enmienda no son elegibles. Esta enmienda entró en vigor el 1 de julio de 2010.
DEPARTAMENTO DE ESTADO Número: 7883 Fecha: 1 de julio de 2010 Aprobado: Hon. Kenneth D. McClintock Secretario de Estado
Por: $\qquad$ Eduardo Arosemena Muñoz Secretario Auxiliar de Servicios
TERCERA ENMIENDA AL REGLAMENTO NÚMERO 7793, SEGÚN ENMENDADO POR LOS REGLAMENTOS 7822 Y 7842, DEL PROGRAMA DE ESTÍMULO DE COMPRA DE VIVIENDAS
INDICE
Páginas Artículo 1. BASE LEGAL Y PROPÓSITO ............................ 1
Artículo 2. ENMIENDA Sección ...
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