Agencia:
Junta de Planificación de PR
Número:
7797
Estado:
Activo
Año:
2010
Fecha:
19 de enero de 2010
La Junta de Planificación de Puerto Rico adoptó la Séptima Revisión del Reglamento sobre Áreas Especiales de Riesgo a Inundación (Reglamento de Planificación Núm. 13), derogando la Sexta Revisión. Esta medida, aprobada el 19 de enero de 2010 y con vigencia desde el 7 de enero de 2010, se fundamenta en la autoridad de la Junta para regular edificaciones en zonas inundables y su rol como agencia coordinadora del Programa Nacional del Seguro de Inundación (NFIP) de FEMA. La revisión incorpora enmiendas sugeridas por FEMA y la propia Junta para asegurar el cumplimiento con los requisitos mínimos federales del NFIP, conforme al Código Federal de Regulaciones, Parte 44.
Entre las modificaciones significativas se incluyen la revisión de la definición de inundación, la prohibición de cambios en la huella de los edificios y la eliminación de la evaluación de estructuras con sótano por debajo del nivel de inundación base. Asimismo, se incrementó el requisito de elevación de piso para todo uso de dos a tres pies y se añadieron nuevas disposiciones para casos en Zona AO, como la obligatoriedad de presentar planos del proyecto y estimar el nivel de inundación base para el diseño. El borrador de esta revisión fue sometido a vistas públicas en octubre de 2008, garantizando la participación ciudadana y la consideración de comentarios. La resolución fue adoptada por la Junta de Planificación el 30 de septiembre de 2009, entrando en vigor quince días después de la aprobación del Gobernador.
Número: $\qquad$ 7797 Fecha: $\qquad$ 19 de enero de 2010 Aprobado: Hon. Kenneth D. McClintock Secretario de Estado
Por: $\qquad$ Eduardo Arosemena Muñoz Secretario Auxiliar de Servicios
7 de enero de 2010
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