Agencia:
Autoridad de Energía Eléctrica
Número:
7544
Estado:
Activo
Año:
2008
Fecha:
5 de agosto de 2008
Este reglamento, aprobado el 5 de agosto de 2008 por la Autoridad de Energía Eléctrica de Puerto Rico (AEE), establece los requisitos y el proceso para la instalación y operación de Generadores Distribuidos. Su propósito principal es regular la interconexión de estos generadores con el sistema de distribución eléctrica de la AEE. La normativa busca contribuir a la estrategia de uso eficiente de la energía y al desarrollo de alternativas de energía renovable. Además, garantiza la seguridad de los empleados, clientes y equipos de la Agencia, así como la calidad del ambiente. Aplica a todo Proyecto de Generador Distribuido que se interconecte al sistema de distribución eléctrica de la Autoridad, específicamente a instalaciones privadas con un voltaje nominal de 13.2 kV o menos, conectadas a través del medidor del cliente. Sin embargo, no rige para generadores interconectados a sistemas de transmisión o subtransmisión, ni para aquellos que operan aislados del sistema de distribución de la AEE. La base legal para su promulgación incluye enmiendas a la Ley de Políticas Reguladoras de Servicios Públicos (PURPA) y leyes orgánicas de Puerto Rico.
DEPARTAMENTO DE ESTADO Número: 7544 Fecha: $\quad 5$ de agosto de 2008 Aprobado: Hon. Fernando J. Bonilla Secretario de Estado Por: Francisco José Martín Caso Secretario Auxiliar de Servicios JULIO 2008
Autoridad de Energía Eléctrica de Puerto Rico Reglamento para la Interconexión de Generadores con el Sistema de Distribución Elé...
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