Agencia:
Departamento de Justicia
Número:
7540
Estado:
Activo
Año:
2008
Fecha:
18 de julio de 2008
Esta enmienda de emergencia al Reglamento Núm. 4071, del Departamento de Justicia, modifica las disposiciones sobre representación legal y pago de sentencias bajo la Ley de Reclamaciones y Demandas contra el Estado (Ley Núm. 104). La Ley Núm. 104 busca proteger a funcionarios públicos demandados personalmente por violaciones de derechos civiles en el ejercicio de sus funciones. Sin embargo, el reglamento original solo permitía al Secretario de Justicia determinar el pago de una sentencia una vez que esta fuera final y firme. Esta limitación ha generado un estado de indefensión para los beneficiarios, quienes enfrentaban la amenaza de embargos o ejecución de bienes antes de la firmeza de la sentencia, contraviniendo el espíritu protector de la ley. Para subsanar esta situación y evitar daños irreparables, la enmienda otorga al Secretario de Justicia la discreción de decidir sobre el pago de la sentencia en un momento procesal anterior, cuando lo estime necesario y conveniente. Esto permite conceder el beneficio de pago incluso si la sentencia aún no es final y firme. La medida busca salvaguardar el patrimonio y la tranquilidad de los funcionarios que han actuado de buena fe. Esta enmienda entra en vigor de inmediato, dada la urgencia y el interés público.
Departamento de Estado
Núm. 7540 Fecha: 18 de julio de 2008 Aprobado: Hon. Fernando J. Bonilla Secretario de Estado ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO Departamento de Justicia Fronciser José Martig Caso Secretario Auxiliar de Servicios
ROBERTO J. SÁNCHEZ RAMOS SECRETARIO
ENMIENDA DE EMERGENCIA AL REGLAMENTO SOBRE REPRESENTACIÓN LEGAL Y PAGO DE SENTENCIA BAJO LA LEY DE RECLAMACIONES Y DEMANDAS CONTRA EL ESTADO. REGLAMENTO NÚM. 4071, SEGÚN ENMENDADO. DEPARTAMENTO DE JUSTICIA (8 DE SEPTIEMBRE DE 1989)
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