Agencia:
Oficina del Comisionado de Seguros
Número:
7508
Estado:
Activo
Año:
2008
Fecha:
19 de mayo de 2008
La Regla Núm. 82, emitida por la Oficina del Comisionado de Seguros de Puerto Rico y el Departamento de Hacienda, establece las normas que rigen la creación, autorización, operación y supervisión de las Compañías Tenedoras de Aseguradores Internacionales. Su propósito principal es regular estas entidades bajo el Artículo 61.040 del Código de Seguros de Puerto Rico y las disposiciones aplicables del Código de Rentas Internas. La normativa aplica a todos los Aseguradores y Reaseguradores Internacionales que organicen una compañía tenedora como parte de su estructura corporativa para tramitar seguros a través del Centro Internacional de Seguros de Puerto Rico. Define detalladamente lo que constituye una "Compañía tenedora de asegurador internacional", incluyendo los requisitos para su organización en Puerto Rico y la composición permitida de sus activos, lo cual es crucial para propósitos de esta Regla y sus exenciones contributivas. El reglamento aborda aspectos como los estados financieros, la gestión de activos, el control, los intereses y las transacciones corporativas. Además, establece la autoridad y los poderes del Comisionado de Seguros para supervisar estas operaciones. En esencia, la Regla 82 es fundamental para la regulación de las estructuras de holding en el sector de seguros internacionales en Puerto Rico.
DEPARTAMENTO DE ESTADO Núm. Reglamento 7508 Fecha Rad: 19 de mayo de 2008 Aprobado: Hon. Fernando J. Bonilla Secretario de Estado Por: Francisco José Martin Caso Secretario Auxiliar de Servicios
Estado Libre Asociado de Puerto Rico OFICINA DEL COMISIONADO DE SEGUROS DE PUERTO RICO
REGLA NÚM. 82
ÍNDICE
ARTÍCULO 1 - DISPOSICIONES GENERALES ..... 1 SECCIÓN 1 - AUTORIDAD ..... 1 SECCIÓN 2 - PROPÓSITO Y ALCANCE. ..... 1 ARTÍCULO 2 -DEFINICIONES ..... 1 ARTÍCULO 3 - ESTADOS FINANCIEROS USADOS PARA CÁL...
Todo el contenido de Leyes, Casos y Reglamentos es siempre gratis.
Sin tarjeta de crédito