Agencia:
Departamento de la Familia
Número:
7507
Estado:
Activo
Año:
2008
Fecha:
14 de mayo de 2008
El Reglamento Núm. 7507 del Departamento de la Familia de Puerto Rico, aprobado en mayo de 2008, tiene como propósito principal enmendar el Reglamento Núm. 7349. Este último rige el licenciamiento y la supervisión de establecimientos dedicados al cuidado de personas de edad avanzada. Las enmiendas actualizan la base legal, incluyendo la Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme y la Ley de la Oficina del Procurador(a) de las Personas de Edad Avanzada. También añaden otras leyes relevantes como la Ley de Protección Social por Accidentes de Automóviles y la Ley de Mejoras al Sustento de Personas de Edad Avanzada. Además, el reglamento modifica definiciones clave. Por ejemplo, especifica que la persona natural licenciada para operar un hogar sustituto debe residir en dicho hogar. Redefine el concepto de campamento diurno para personas de edad avanzada y aclara la definición de maltrato, particularmente en lo referente a la restricción química.
DEPARTAMENTO DE ESTADO Núm. Reglamento 7507 Fecha Rad: 14 de mayo de 2008 Aprobado: Hon. Fernando J. Bonilla Secretario de Estado Por: Francisco José Marun Caso Secretario Auxiliar de Servicios
PARA ENMENDAR EL REGLAMENTO NÚM. 7349 DEL DEPARTAMENTO DE LA FAMILIA
REGLAMENTO PARA EL LICENCIAMIENTO Y SUPERVISIÓN DE ESTABLECIMIENTOS PARA EL CUIDADO DE PERSONAS DE EDAD AVANZADA
Aprobado el:
12 de mayo de 2008
PARA ENMENDAR EL REGLAMENTO NÚM. 7349, REGLAMENTO PARA EL LICENCIAMIENTO Y SUPERVISIÓN DE ES...
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