Agencia:
Departamento de Hacienda
Número:
7501
Estado:
Activo
Año:
2008
Fecha:
6 de mayo de 2008
El Departamento de Hacienda del Estado Libre Asociado de Puerto Rico ha promulgado el Reglamento Núm. 37, identificado como Núm. 7501, con fecha de radicación del 8 de mayo de 2008. Este reglamento establece las normas que deben seguir los funcionarios y empleados del gobierno en relación con los gastos incurridos durante misiones oficiales. Su propósito principal es regular los gastos de viaje dentro de los límites jurisdiccionales de Puerto Rico. Define el importe de las dietas, el millaje y los gastos de alojamiento que se pagarán por concepto de dichas misiones.
La base legal para su promulgación reside en las facultades conferidas al Secretario de Hacienda por la Ley de Contabilidad del Gobierno de Puerto Rico (Ley Núm. 230 de 1974) y la Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme (Ley Núm. 170 de 1988). El documento detalla aspectos como la orden de viaje, gastos de subsistencia, alojamiento, transportación, uso de automóvil privado y requisitos de recibos. Además, este reglamento deroga expresamente el Reglamento Núm. 7293, que databa del 14 de febrero de 2007, reemplazándolo con la nueva normativa. Asegura una política pública clara respecto a los desembolsos de fondos públicos en relación con los viajes oficiales.
Núm. Reglamento 7501 Fecha Rad: 8 de mayo de 2008 Aprobado: Hon. Fernando J. Bonilla Por: $\qquad$ $\qquad$ $\qquad$ $\qquad$ $\qquad$ $\qquad$ $\qquad$ $\qquad$ $\qquad$
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