Agencia:
Departamento de Transportación y Obras Públicas
Número:
7494
Estado:
Activo
Año:
2008
Fecha:
16 de abril de 2008
Este reglamento, emitido por el Departamento de Transportación y Obras Públicas de Puerto Rico y aprobado por el Departamento de Estado el 16 de abril de 2008, establece las normas, requisitos, condiciones, deberes y obligaciones para conducir motocicletas en las vías públicas del Estado Libre Asociado. Su propósito principal es regular integralmente la operación de motocicletas, incluyendo las responsabilidades de conductores y pasajeros. El documento detalla los requisitos para la expedición de licencias de aprendizaje y de conducir motocicletas, así como los endosos necesarios para diferentes categorías. Aborda exhaustivamente el equipo de seguridad obligatorio, las prohibiciones específicas y las causas para denegar o suspender licencias y endosos. Además, el reglamento define las facultades del Secretario, establece disposiciones relativas al Concilio de Asesores Motociclistas y describe los procedimientos para vistas administrativas, revisiones judiciales y penalidades. Se fundamenta en la Ley de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico y la Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme.
Departamento de Estado Núm. $\quad 7494$ Fecha: $\quad 16$ de abril de 2008 Aprobado: Hon. Fernando J. Bonilla Secretario de Estado Por: Francisco José Martin Caso Secretario, Sraigat de Servicios
PARA ESTABLECER LAS NORMAS, REQUISITOS, CONDICIONES, DEBERES, OBLIGACIONES Y ENDOSO PARA CONDUCIR MOTOCICLETAS POR LAS CARRETERAS DEL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO Y EL CONCILIO DE ASESORES MOTOCICLISTAS
INDICE PÁGINA ARTÍCULO I TÍTULO ..... 1 ARTÍCULO II BASE LEGAL ..... 1 ARTÍCULO III PR...
Todo el contenido de Leyes, Casos y Reglamentos es siempre gratis.
Sin tarjeta de crédito