Agencia:
Autoridad de Edificios Públicos
Número:
7489
Estado:
Activo
Año:
2008
Fecha:
3 de abril de 2008
El documento, fechado el 3 de abril de 2008, constituye una enmienda al Reglamento (7405) para la Adquisición y Disposición de Propiedades Inmuebles de la Autoridad de Edificios Públicos de Puerto Rico. Este reglamento original había sido aprobado y radicado en agosto de 2007. La enmienda fue aprobada por el Secretario de Estado, Hon. Fernando J. Bonilla, y el Secretario Auxiliar de Servicios, Francisco José Martín Caso. Su objetivo principal es añadir una nueva disposición al Artículo VI, Inciso B, que rige las normas para la disposición de propiedad mueble y el proceso de venta de propiedades mediante solicitud de propuestas. Específicamente, se establece que toda propiedad inmueble destinada a la venta debe ser tasada por un tasador independiente licenciado contratado por la Autoridad. No obstante, se introduce una excepción: si la venta se realiza a una agencia, corporación pública o instrumentalidad gubernamental, la Autoridad podrá aceptar el informe de valoración del tasador contratado por dicha entidad gubernamental. Esta modificación busca regular y estandarizar el proceso de tasación en las transacciones de venta de propiedades inmuebles.
Departamento de Estado
| Núm. | 7489 |
|---|---|
| Fecha: | 3 de abril de 2008 |
| Aprobado: | Hon. Fernando J. Bonilla |
| Secretario de Estado | |
| Por: | Francisco José Martín Caso |
| Secretario Auxilia de Servicios |
Asunto: Enmienda a Reglamento (7405) para la Adquisición y Disposición de Propiedades Inmuebles de la Autoridad de Edif...
Todo el contenido de Leyes, Casos y Reglamentos es siempre gratis.
Sin tarjeta de crédito