Agencia:
Oficina del Comisionado de Seguros
Número:
7478
Estado:
Activo
Año:
2008
Fecha:
12 de marzo de 2008
La Regla Núm. 88, emitida por la Oficina del Comisionado de Seguros de Puerto Rico, establece las normas para salvaguardar a los miembros de las Fuerzas Armadas de Estados Unidos y a sus dependientes. Su propósito principal es proteger a este grupo de prácticas fraudulentas y desleales en la solicitación, venta y suscripción de seguros de vida. La normativa aplica a todo productor de seguros, representante autorizado y asegurador que ofrezca o gestione este tipo de pólizas a dicho personal.
Fundamentada en el Código de Seguros de Puerto Rico, la Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme y la ley federal "Military Personnel Financial Services Protection Act", la Regla define términos clave como "Asegurador", "Dependiente" y "Fuerzas Armadas de Estados Unidos". También especifica excepciones, excluyendo ciertos tipos de seguros como los de crédito, grupales sin solicitación directa o contratos para planes de pensiones. La regulación busca asegurar la transparencia y la ética en el mercado de seguros de vida dirigido a la comunidad militar, detallando bases para negar o revocar autorizaciones y prácticas desleales prohibidas.
ÍNDICE DEPARTAMENTO DE ESTADO Núm. Reglamento 7478 Fecha Rad: 12 de marzo de 2008 Aprobado: Hon. Fernando J. Bonilla Secretario de Estado Por: $\qquad$ Francisco José Marrún Caso Secretario Auxiliar de Servicios
ARTÍCULO 1. - BASE LEGAL ..... 1 ARTÍCULO 2. - PRÓPOSITO Y ALCANCE ..... 1 ARTÍCULO 3. - EXCEPCIONES ..... 1 ARTÍCULO 4. - DEFINICIONES. ..... 2 ARTÍCULO 5. - BASES PARA NEGARSE A REVISAR, REVOCAR O SUSPENDER UN CERTIFICADO DE AUTORIZACIÓN ..... 2 ARTÍCULO 6. - PRÁCTICAS DESLEALES EN LA SOLIC...
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