Agencia:
Departamento de Hacienda
Número:
7388
Estado:
Activo
Año:
2007
Fecha:
13 de julio de 2007
El Reglamento Núm. 7388, aprobado el 13 de julio de 2007, enmienda y añade artículos al Reglamento Núm. 6962 con el fin de implementar las disposiciones de la Sección 1040D del Código de Rentas Internas de Puerto Rico de 1994, según modificado por la Ley Núm. 117 de 2006. Establece un crédito para negocios elegibles que adquieran productos manufacturados en Puerto Rico con destino a la exportación. La cuantía del crédito se determina en base al valor agregado de las compras anuales, siguiendo una tabla escalonada que va desde un 10% para compras de hasta $50 millones, hasta un máximo de $14 millones para compras superiores a $200 millones. Este crédito debe aplicarse prioritariamente contra el impuesto sobre ventas cobrado por el negocio como agente retenedor en años contributivos posteriores a la compra. Cualquier remanente del crédito no utilizado contra el impuesto sobre ventas puede arrastrarse a años futuros hasta su total agotamiento. Si resulta imposible utilizarlo contra el impuesto sobre ventas en años subsiguientes, el saldo restante podrá reclamarse contra la contribución sobre ingresos. La aplicación contra la contribución sobre ingresos tiene una limitación de hasta el 25% de la obligación contributiva, calculada sin el beneficio de dicho crédito.
DEPARTAMENTO DE ESTADO Núm. Reglamento 7388 Fecha Rad: 13 de julio de 2007 Aprobado: Hon. Fernando J. Bonilla Secretario de Estado INDICE Francisco José Martin Caso Secretario Auxiliar de Servicios TITULO: Reglamento para enmendar los Artículos 1040D-2(a) y 1040D(a)-2(c) contenidos en el Reglamento Núm. 6962 del 8 de abril de 2005 y para incorporar los Artículos 1040D-1A y 1040D(b)-1A con el propósito de implantar las disposiciones de la Sección 1040D del Código de Rentas Internas de Puerto Rico de 1994, según enmendado por la L...
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