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Reglamentos/Agencias/Departamento de Estado/Reglamento 7296

Reglamento 7296

Activo

Reglamento para la Implantación del Sistema de Inspectores de la Junta Examinadora de Barberos y Estilistas en Barbería. Vigencia 15 de marzo de 2007.

Información del Reglamento

Agencia:

Departamento de Estado

Número:

7296

Estado:

Activo

Detalles Técnicos

Año:

2007

Fecha:

15 de febrero de 2007

Descripción

Este reglamento establece las directrices para la implementación, organización y funcionamiento de un sistema de inspectores para la Junta Examinadora de Barberos y Estilistas en Barbería de Puerto Rico. Su propósito principal es asegurar el cumplimiento de las Leyes #274 de 2003, #146 de 1968 y #60 de 1988, que rigen la profesión. Los inspectores, que pueden ser asalariados o contratados, son aprobados por la Junta de Gobierno del Colegio y confirmados por la Junta Examinadora, operando bajo la supervisión del Director Ejecutivo del Colegio y asignados regionalmente, con un máximo de ocho. Para ser inspector, se requiere ser graduado de escuela superior, no haber sido sancionado por la Junta Examinadora, no ocupar cargos administrativos o electivos en el Colegio o la Junta, y no tener demandas pendientes. Los candidatos deben someter una serie de documentos y aprobar un curso preparatorio que cubre las leyes pertinentes, reglamentos del Colegio, procedimiento criminal y relaciones humanas. Una vez confirmados, los inspectores tienen la facultad de entrar a barberías y salones de belleza para realizar inspecciones.

Contenido del Reglamento

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO DEPARTAMENTO DE ESTADO SAN JUAN, PUERTO RICO

REGLAMENTO PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL SISTEMA DE INSPECTORES DE LA JUNTA EXAMINADORA DE BARBEROS Y ESTILISTAS EN BARBERIA

INDICE
DEPARTAMENTO DE ESTADOPÁGINA
ARTíCULOI.BASE LEGALNúm. Reglamento 72961
Fecha Rad: 15 de febrero de 2007
ARTíCULOII.PROPÓSITOAprobado: Hon. Fernando J. Bonilla-1
$\begin{aligned} & ext { Secretario de-Estado } imes \ & ext { Por: } \frac{ ext { F...
Page 1

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