Agencia:
Departamento de Estado
Número:
7296
Estado:
Activo
Año:
2007
Fecha:
15 de febrero de 2007
Este reglamento establece las directrices para la implementación, organización y funcionamiento de un sistema de inspectores para la Junta Examinadora de Barberos y Estilistas en Barbería de Puerto Rico. Su propósito principal es asegurar el cumplimiento de las Leyes #274 de 2003, #146 de 1968 y #60 de 1988, que rigen la profesión. Los inspectores, que pueden ser asalariados o contratados, son aprobados por la Junta de Gobierno del Colegio y confirmados por la Junta Examinadora, operando bajo la supervisión del Director Ejecutivo del Colegio y asignados regionalmente, con un máximo de ocho. Para ser inspector, se requiere ser graduado de escuela superior, no haber sido sancionado por la Junta Examinadora, no ocupar cargos administrativos o electivos en el Colegio o la Junta, y no tener demandas pendientes. Los candidatos deben someter una serie de documentos y aprobar un curso preparatorio que cubre las leyes pertinentes, reglamentos del Colegio, procedimiento criminal y relaciones humanas. Una vez confirmados, los inspectores tienen la facultad de entrar a barberías y salones de belleza para realizar inspecciones.
| INDICE | ||||
|---|---|---|---|---|
| DEPARTAMENTO DE ESTADO | PÁGINA | |||
| ARTíCULO | I. | BASE LEGAL | Núm. Reglamento 7296 | 1 |
| Fecha Rad: 15 de febrero de 2007 | ||||
| ARTíCULO | II. | PROPÓSITO | Aprobado: Hon. Fernando J. Bonilla- | 1 |
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