Agencia:
Escuela de Artes Plasticas
Número:
7203
Estado:
Activo
Año:
2006
Fecha:
18 de agosto de 2006
Este reglamento, identificado como el número 7203 y aprobado en 2006, establece las normas para el desembolso del Fondo Dotal de la Escuela de Artes Plásticas de Puerto Rico. La Escuela, creada por la Ley 54 de 1990, estableció este Fondo Dotal perpetuo y exento de impuestos con el propósito fundamental de apoyar sus operaciones actuales y futuras, asegurando su estabilidad y crecimiento real. El Fondo se nutre de donativos, campañas de recaudación y asignaciones específicas, como una de $240,000 del Departamento de Educación de EE. UU. bajo el Título V. La administración de estos recursos está sujeta a regulaciones federales específicas. Este reglamento es aplicable a todas las personas que soliciten asistencia económica a la Escuela. Las ayudas provienen de los réditos generados por el Fondo Dotal, el cual se alimenta de diversas fuentes de ingresos. Su base legal reside en la Ley número 54 del 22 de agosto de 1990.
DEPARTAMENTO DE ESTADO Núm. Reglamento 7203 Fecha Rad: 18 de agosto de 2006 Aprobado: Hon. Fernando J. Bonilla Secretario de Estado Por: Secretaria Auxiliar de Servicios
DEL FONDO DOTAL
ARTICULO I - Introducción ..... 1 ARTICULOII - Título ..... 1 ARTICULO III - Aplicabilidad ..... 1 ARTICULO IV -Base Legal ..... 1 ARTICULO V - Metas y Objetivos ..... 2 ARTICULO VI - Definiciones
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