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Reglamentos/Agencias/Oficina del Inspector de Cooperativas de PR/Reglamento 7147

Reglamento 7147

Activo

Carta Normativa Núm. 2006-03-04 Política Educativa. Vigencia 15 de junio de 2006.

Información del Reglamento

Agencia:

Oficina del Inspector de Cooperativas de PR

Número:

7147

Estado:

Activo

Detalles Técnicos

Año:

2006

Fecha:

15 de mayo de 2006

Descripción

La Oficina del Inspector de Cooperativas de Puerto Rico emite la Carta Normativa 2006-03-04 para establecer una política educativa obligatoria para las entidades cooperativas. El propósito principal es asegurar el cumplimiento del principio de educación, capacitación e información, según lo dispuesto en la Ley Número 239 de 2004, conocida como "Ley General de Sociedades Cooperativas de 2004". Esta política requiere que los cuerpos directivos, funcionarios ejecutivos y empleados de las cooperativas tomen anualmente un mínimo de ocho horas de educación continuada en capacitación cooperativa. Adicionalmente, los nuevos miembros de la Junta de Directores o del Comité de Supervisión deben completar al menos ocho horas de cursos de capacitación durante su primer año de nombramiento.

La política educativa debe ser adoptada por la Junta de Directores de cada cooperativa y abarcará la educación de socios, cuerpos directivos, gerentes y empleados. Sus objetivos incluyen la formación de nuevos líderes voluntarios, educación financiera, difusión de los principios y beneficios del cooperativismo, capacitación específica para directores y miembros de comités, y la información a la comunidad. Las cooperativas pueden nombrar un Comité de Educación o asumir directamente la responsabilidad de implementar esta política. Finalmente, se exige notificar al Inspector de Cooperativas los nombres de los integrantes del Comité de Educación o de las personas responsables de la implantación de la política educativa, así como cualquier cambio, en un plazo de veinte días.

Contenido del Reglamento

Estado Libre Asociado de Puerto Rico OFICINA DEL INSPECTOR DE COOPERATIVAS DE PUERTO RICO

8 de febrero de 2006

CARTA NORMATIVA NÚM: 2006-03-04

JUNTA DE DIRECTORES Y COMITÉS DE SUPERVISIÓN DE ENTIDADES COOPERATIVAS OPERANDO Y FUNCIONANDO AL AMPARO DE LA LEY NÚMERO 239 DE 1 DE SEPTIEMBRE DE 2004.

POLÍTICA EDUCATIVA

Las cooperativas son personas jurídicas privadas de interés social, fundadas en la solidaridad y el esfuerzo propio para realizar actividades económico-sociales, con el propósito de satisfacer necesidades individuales y colectivas, sin ánimo de lucro.

El Artículo 3.1 de...

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