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Reglamentos/Agencias/Oficina del Inspector de Cooperativas de PR/Reglamento 7113

Reglamento 7113

Activo

Enmienda al Reglamento del Registro de Contadores Públicos Autorizados y Costos de Exámenes y o Auditorias. Vigencia 17 de abril de 2006.

Información del Reglamento

Agencia:

Oficina del Inspector de Cooperativas de PR

Número:

7113

Estado:

Activo

Detalles Técnicos

Año:

2006

Fecha:

17 de marzo de 2006

Descripción

La Oficina del Inspector de Cooperativas de Puerto Rico aprueba enmiendas al Reglamento Núm. 7060, que rige el registro de Contadores Públicos Autorizados y los costos de exámenes y auditorías para cooperativas. Las modificaciones incluyen un cambio en el Artículo VI, haciendo que la asistencia a una entrevista con el Inspector para el registro de contadores sea requerida solo si se solicita. El Artículo VII se enmienda para eximir a las Cooperativas Juveniles de los costos de exámenes o inspecciones si presentan pérdidas o tienen un volumen de ventas anual inferior a $25,000. Además, se establece una nueva Sección 3 en el Artículo VII, fijando una tarifa de $40 por hora/hombre para los exámenes realizados por la Oficina a las Cooperativas de Viviendas que deban contratar un CPA por requisitos federales. Finalmente, el Artículo XI se modifica para eliminar el párrafo que establecía un plazo de sesenta días para la entrega de informes de los contadores. Estas enmiendas, aprobadas el 17 de marzo de 2006, entrarán en vigor treinta días después de su aprobación en el Departamento de Estado, conforme a la Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme.

Contenido del Reglamento

Estado Libre Asociado de Puerto Rico OFICINA DEL INSPECTOR DE COOPERATIVAS DE PUERTO RICO San Juan, Puerto Rico

ENMIENDAS AL REGLAMENTO DEL REGISTRO DE CONTADORES PÚBLICOS AUTORIZADOS Y COSTOS DE EXÁMENES Y/O AUDITORIAS (REGLAMENTO NÚM. 7060)

Tabla de Contenido

Página SECCION 1- Enmienda al Artículo VI ..... 1 SECCION 2- Enmienda al Artículo VII ..... 1 SECCION 3- Enmienda al Artículo XI ..... 2 DEPARTAMENTO DE ESTADO Núm. Reglamento ..... 7113 Fecha Rad: 17 de marzo de 2006 Aprobado: Fernando J. Bonilla Secretario de Estado Por: Maula Digitof Secretaria Auxiliar de Servicios

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