Agencia:
Oficina del Inspector de Cooperativas de PR
Número:
7109
Estado:
Activo
Año:
2006
Fecha:
17 de marzo de 2006
La Carta Normativa 2006-04-05, emitida por la Oficina del Inspector de Cooperativas de Puerto Rico, establece el procedimiento para la aprobación de enmiendas a las cláusulas de incorporación o al reglamento interno de las cooperativas juveniles. Surge para complementar la Ley Núm. 220 de 2002, conocida como "Ley Especial de Cooperativas Juveniles", la cual, si bien faculta a las asambleas para aprobar y enmendar dichos documentos, no detalla los requisitos de notificación previa para las enmiendas propuestas. Las enmiendas pueden realizarse en cualquier asamblea general ordinaria o extraordinaria convocada para tal fin. Para su aprobación, se requiere el voto favorable de dos terceras (2/3) partes de los socios presentes en la asamblea. La Junta de Directores tiene la responsabilidad de notificar a todos los socios sobre las enmiendas propuestas con no menos de diez (10) días de anticipación a la celebración de la asamblea. Dicha notificación debe indicar expresamente la intención de enmendar, identificar las secciones o artículos afectados y describir la naturaleza de las modificaciones. Estas disposiciones son de cumplimiento obligatorio para las Juntas de Directores de las cooperativas juveniles y aplican a todo tipo de enmiendas, incluyendo aquellas para atemperar los documentos a la ley vigente. La normativa es aplicable a todas las entidades cubiertas por la Ley Núm. 220 de 2002.
CARTA NORMATIVA NÚMERO 2006-04-05 ASAMBLEAS PARA APROBAR ENMIENDAS A LAS CLAUSULAS DE LAS COOPERATIVAS OPERANDO Y FUNCIONANDO AL AMPARO DE LA LEY 220 DE 29 DE AGOSTO DE 2002
Página
ARTíCULO I- Propósito ..... 1 ARTíCULO II- Base Legal ..... 2 ARTíCULO III- Celebración de Asambleas para Enmiendas a las Cláusulas de Incorporación o Reglamento Interno. ..... 2 ARTíCULO IV- Responsabilidad de la Junta de Directores. ..... 2 ARTíCULO V- Cláusula de Ap...
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