Agencia:
Oficina del Procurador del Veterano Puertorriqueño
Número:
7104
Estado:
Activo
Año:
2006
Fecha:
13 de marzo de 2006
Este reglamento, identificado como Núm. 7104 y aprobado en marzo de 2006 por el Departamento de Estado de Puerto Rico, establece un procedimiento para la Oficina del Procurador del Veterano (OPV). Su propósito principal es disuadir la conducta de hostigamiento sexual en el ambiente laboral de la OPV y fijar responsabilidades a los infractores. La normativa se fundamenta en una sólida base legal, incluyendo la Ley de la Oficina del Procurador del Veterano, la Ley para la Administración de los Recursos Humanos en el Servicio Público, y leyes específicas que prohíben el hostigamiento sexual y el discrimen por diversas razones, tanto a nivel estatal como federal (Constitución de PR y Título VII de la Ley Federal de Derechos Civiles de 1964). El documento define claramente a la OPV como "Patrono", al "Empleado/a" (abarcando desde personal regular hasta contratistas bajo control de la oficina) y detalla qué constituye "Hostigamiento Sexual". Además de su base legal y propósito, el reglamento estructura las responsabilidades, disposiciones generales, sanciones, procedimientos, y medidas provisionales para abordar eficazmente estas situaciones.
DEPARTAMENTO DE ESTADO Núm. Reglamento 7104 Fecha Rad: 13 de marzo de 2006 Aprobado: Fernando J. Bonilla Secretario de Estado Por: $\frac{ ext { María D. I. }}{}$
I. Base Legal ..... 3 II. Propósito ..... 3 III. Definiciones ..... 3 IV. Responsabilidades ..... 4 V. Disposiciones Generales ..... 5 VI. Sanciones ..... 6 VII. Procedimiento ..... 7 VIII. Medidas Provisionales ..... 11 IX. Vigencia ..... 12
Estas disposiciones se establecen en virtud de la L...
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