Agencia:
Departamento de Hacienda
Número:
7013
Estado:
Activo
Año:
2005
Fecha:
22 de julio de 2005
El Reglamento Núm. 13 del Departamento de Hacienda del Estado Libre Asociado de Puerto Rico establece las normas para el endoso de cheques expedidos a nombre de personas fallecidas. Su propósito principal es regular el proceso mediante el cual el Secretario de Hacienda o un Oficial Pagador Especial puede endosar estos cheques a favor de herederos o albaceas. La base legal de este reglamento se fundamenta en el Artículo 85 del Código Político de 1902 y en la Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme. Para iniciar el trámite, las agencias deben estampar en el anverso de los cheques dirigidos a personas fallecidas la leyenda "EL TOMADOR DE ESTE CHEQUE HA FALLECIDO". Es fundamental que esta leyenda se coloque en un lugar que no cubra el nombre del beneficiario, el importe del cheque o cualquier otra información importante. Este reglamento asegura la correcta gestión y entrega de fondos a los legítimos sucesores de los beneficiarios originales.
Estado Libre Asociado de Puerto Rico DEPARTAMENTO DE HACIENDA Área de la Contabilidad Central de Gobierno
DEPARTAMENTO DE ESTADO Núm. 7013 Fecha 22 JUL 2005 Aprobado 12 de Febrero de 2005 Por:
Secretario de Servicios JM.
REGLAMENTO NÚM. 13
Endoso de Cheques por el Secretario de Hacienda
Aprobado en 22 de julio de 2005
Apartado Página
Título 13-00-01
Base Legal 13-00-01
Propósito 13-00-01
Solicitud de Endoso de Cheque 13-00-01
Impugnación de Determinación del Secretario 13-00-04
Cláusula de Salvedad 13-00-05
Derogación 13-00-05
Vigen...
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