Agencia:
Oficina Estatal de Conservación Histórica
Número:
7005
Estado:
Activo
Año:
2005
Fecha:
14 de julio de 2005
El Reglamento Interno para el Acceso a Documentos Públicos de la Oficina Estatal de Conservación Histórica (OECH), aprobado el 13 de julio de 2005, establece las normas para regular el acceso a la información en poder de esta entidad. Su propósito principal es determinar qué documentos e información están sujetos al escrutinio público y fijar el procedimiento administrativo para gestionar las solicitudes de acceso. La normativa busca equilibrar el derecho fundamental a la información pública, reconocido como un pilar democrático para la transparencia gubernamental, con el imperativo interés público de proteger recursos históricos. Se subraya que el derecho al acceso no es absoluto, especialmente cuando la divulgación de datos sensibles sobre la ubicación, naturaleza o propiedad de bienes históricos, arquitectónicos y arqueológicos podría generar riesgos de daño, vandalismo o destrucción. El reglamento garantiza la eficiencia en la administración de archivos, la seguridad de los documentos y recursos, y la creación de mecanismos de acceso justos y legítimos. Además, prohíbe la reproducción y distribución no autorizada de documentos de la Oficina a personas ajenas a la misma. La base legal incluye la Ley de la OECH, la Ley de Documentos Públicos de Puerto Rico, la "National Historic Preservation Act" y la "Freedom of Information Act", entre otras. Es aplicable tanto al personal encargado de la custodia de documentos como a cualquier ciudadano o entidad que solicite acceso.
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO OFICINA ESTATAL DE CONSERVACIÓN HISTÓRICA OFICINA DEL GOBERNADOR
13 de julio de 2005
Aprobado por: ArqI. Aida Belén Rivera Ruiz, Directora Ejecutiva Interina
REGLAMENTO PARA EL ACCESO A DOCUMENTOS PÚBLICOS DE LA OFICINA ESTATAL DE CONSERVACIÓN HISTÓRICA
TABLA DE CONTENIDO
Capítulo I - Título 2 Capítulo II - Base Legal DEPARTAMENTO DE ESTADO Núm. 7005 2 Fecha 14 JUL 2005 Aprobado Fernando J. Bonilla Por: Secretario de Estado Secretaria Auxiliar de Servicios, U.A. Capítulo V - Declaración de Política Pública 3 Capítulo VI - Prohibición General 3 Capítu...
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