Agencia:
Departamento de Transportación y Obras Públicas
Número:
6892
Estado:
Activo
Año:
2004
Fecha:
10 de noviembre de 2004
Este reglamento, emitido por el Departamento de Transportación y Obras Públicas de Puerto Rico, establece los requisitos y procedimientos para la expedición, renovación y revocación de licencias para operar depósitos de chatarra. Su propósito principal es regular la creciente cantidad de estos establecimientos en el país, garantizando la preservación del ornato público, así como las condiciones de seguridad y salubridad. La normativa se fundamenta en la Ley de Depósitos de Chatarra, la Ley para la Protección de la Propiedad Vehicular y la Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme. Cubre aspectos esenciales como la solicitud inicial de licencia, los procesos de renovación y las condiciones necesarias para su otorgamiento. También detalla los procedimientos de evaluación, las causas y mecanismos para la suspensión o revocación de licencias, y las penalidades aplicables por incumplimiento. El documento define términos clave como "chatarra" y "depósito de chatarra", y establece la necesidad de ocultar estos establecimientos de la vista pública. En esencia, busca un control efectivo sobre la operación de negocios dedicados a la compra y venta de materiales de desecho.
DEPARTAMENTO DE ESTADO Núm. Reglamento: 6892
Fecha Radicación: 10 de noviembre de 2004 Aprobado José Miguel Izquierdo Encarnación Secretario de Estado Por: Maria D. Díaz Pagan Secretaria Auxiliar de Sertigios
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO DEPARTAMENTO DE TRANSPORTACIÓN Y OBRAS PÚBLICAS
REGLAMENTO
PARA LA EXPEDICIÓN, RENOVACIÓN Y REVOCACIÓN DE LICENCIAS PARA OPERAR DEPÓSITOS DE CHATARRA
ÍNDICE
| ARTÍCULO I | INTRODUCCIÓN | 1 |
|---|---|---|
| ARTÍCULO II | TÍTULO | 1 |
| ARTÍCULO III | BASE LEGAL | 1 |
| ARTÍCULO IV | PROPÓSITO | 2 |
| ARTÍCULO V | DEFINICIONES | $2-3$ |
| ... |
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