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Reglamentos/Agencias/Ofic. del Comisionado de Instituciones Financieras/Reglamento 6832

Reglamento 6832

Activo

Enmienda al Reglamento para Disponer Determinar clases de préstamos u obligaciones.

Información del Reglamento

Agencia:

Ofic. del Comisionado de Instituciones Financieras

Número:

6832

Estado:

Activo

Detalles Técnicos

Año:

2004

Fecha:

2 de julio de 2004

Descripción

El Reglamento Núm. 6832, radicado el 2 de julio de 2004 por el Departamento de Estado de Puerto Rico, constituye una enmienda al Reglamento 5722 de 21 de noviembre de 1997. Este último establece las tasas de interés y otros cargos aplicables a determinadas clases de préstamos u obligaciones. La enmienda busca principalmente atemperar el Reglamento 5722 con las disposiciones de la Ley Núm. 114 de 17 de agosto de 2001, conocida como la Ley de la Corporación Pública para la Supervisión y Seguro de Cooperativas de Puerto Rico. Específicamente, se modifican los Artículos 3, 4, 15, 16 y 17 del reglamento original. La Junta Financiera del Comisionado de Instituciones Financieras es la entidad emisora, actuando bajo la autoridad conferida por leyes como la Ley Núm. 4 de 1985. Este documento se conoce brevemente como "Enmienda al Reglamento 5722, año 2003".

Contenido del Reglamento

DEPARTAMENTO DE ESTADO

Núm. Reglamento: 6832

Fecha Radicación: 2 de julio de 2004 Aprobado: José Miguel Izquierdo Encarnación Secretario de Estado Por: Giselle Ropiero García Secretaria Auxiliar de Servicios

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO COMISIONADO DE INSTITUCIONES FINANCIERAS JUNTA FINANCIERA

REGLAMENTO NÚM.

Enmienda a Reglamento 5722 de 21 de noviembre de 1997 ("REGLAMENTO PARA DISPONER SOBRE LAS TASAS DE INTERÉS Y OTROS CARGOS QUE PODRÁN COBRARSE O EXIGIRSE EN DETERMINADAS CLASES DE PRÉSTAMOS U OBLIGACIONES")

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INDICE

REGLAMENTO NUM.

ENMIENDA AL REGLAMENTO 572...

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