Agencia:
Departamento de Salud
Número:
6829
Estado:
Activo
Año:
2004
Fecha:
24 de junio de 2004
Este reglamento, emitido por la Junta Examinadora de Administradores de Servicios de Salud de Puerto Rico, establece las directrices para la educación continua necesaria para la recertificación de estos profesionales. Su propósito principal es asegurar que los Administradores de Servicios de Salud mantengan y actualicen sus conocimientos y competencias, garantizando la calidad de los servicios. La recertificación se requiere generalmente cada tres años, mediante la acumulación de unidades de educación continua (UEC).
El documento detalla los requisitos académicos y generales para la recertificación, los procedimientos para solicitarla y la evidencia necesaria de participación en actividades educativas. También especifica cómo se pueden convalidar diversas experiencias, como asistencia a eventos, publicaciones o participación en investigaciones. Se establecen criterios para la valoración y evaluación de las actividades de educación continua, así como los requisitos para los proveedores de dichas actividades.
El reglamento contempla excepciones para la recertificación en casos como servicio militar o motivos de salud, y aborda la recertificación de licencias por más de un trienio. Incluye un capítulo sobre infracciones y penalidades por incumplimiento, y un procedimiento detallado para apelaciones y vistas administrativas. Este marco normativo busca profesionalizar y regular la práctica de la administración de servicios de salud en Puerto Rico.
DEPARTAMENTO DE ESTADO Núm. Reglamento: 6829 Fecha Radicación: 24 de junio de 2004 Aprobado: José Miguel Izquierdo Encarasción Secretario de Estado
Por: Giselle Romolizarcía Secretaria Alixilar de Servicios
REGLAMENTO DE EDUCACION CONTINUA
PARA LA RECERTIFICACION DE LOS
ADMINISTRADORES DE SERVICIOS DE SALUD
PAGINA CAPITULO I - DECLARACION DE PRINCIPIOS ..... 1 Artícu...
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