Agencia:
Comisión de Prácticaje de PR
Número:
6764
Estado:
Activo
Año:
2004
Fecha:
11 de febrero de 2004
El Reglamento 6764, aprobado el 28 de enero de 2004, aborda el problema de las tarifas de practicaje excesivas para embarcaciones pequeñas en Puerto Rico. Muchas de estas embarcaciones no alcanzan el calado mínimo de quince (15) pies establecido para el cobro de tarifas, lo que generaba un costo oneroso y afectaba el flujo de carga entre las islas y Puerto Rico. Para salvaguardar el interés económico de la región, se enmienda la estructura tarifaria existente. Se establece que toda embarcación con 750 toneladas brutas o menos pagará una tarifa mínima de practicaje equivalente a diez (10) pies de calado por movimiento. Es mandatorio que todos los movimientos de estas embarcaciones se realicen bajo el control de un práctico debidamente licenciado a bordo. Esta nueva tarifa entrará en vigor 30 días después de su radicación en el Departamento de Estado, dejando sin efecto cualquier disposición contradictoria. Las demás disposiciones de las resoluciones previas, según enmendadas, seguirán vigentes. La resolución busca responder a una necesidad inmediata para no afectar una actividad económica vital de interés público.
Fecha Radicación: 11 de febrero de 2004 Aprobado: José Miguel Izquierdo Encarnación Secretario de Estado Por: $\qquad$ $\qquad$ $\qquad$ $\qquad$ $\qquad$ $\qquad$ $\qquad$ $\qquad$
POR CUANTO, la mayoría de estas embarcaciones pequeñas no alcanzan el calado de quince (15) pies establecido como medida mínima para cobrar tarifas de practicaje.
POR CUANTO, el cobro de esta tarifa mínima es un costo excesivo en la operación de carga de estas embarcaciones, lo que hace demasiado oneroso el uso de las facilidades portuarias de Puerto Rico afec...
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