Agencia:
Departamento de Salud
Número:
6749
Estado:
Activo
Año:
2004
Fecha:
8 de enero de 2004
El Reglamento número 6749, emitido por el Departamento de Salud de Puerto Rico, establece las directrices para la educación continua de los ópticos licenciados. Su propósito principal es asegurar la competencia profesional y la protección de la salud pública mediante la actualización constante de conocimientos y destrezas. El documento detalla los requisitos para la renovación y recertificación de licencias, incluyendo las horas mínimas de educación continua que los ópticos deben acumular en un trienio. Define las unidades de educación continua, las horas contacto y las experiencias educativas válidas para este fin. Se especifican los procedimientos para la certificación de horas, las actividades educativas aceptables y la acumulación de evidencia. El reglamento también contempla excepciones para el cumplimiento de los requisitos por motivos justificados y los procesos para la reinstalación de licencias. Además, establece las normas para la designación y evaluación de los proveedores de educación continua, así como los documentos que estos deben presentar para ser reconocidos.
Fecha Radicación: 8 de enero de 2004 Aprobado: Janet Cortés Vázquez Secretaria de Estado Interina Por: Gisela Romero García Secretaria Auxiliar de Servicios
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