Agencia:
Corporación para el Desarrollo Rural
Número:
6696
Estado:
Activo
Año:
2003
Fecha:
29 de septiembre de 2003
La Corporación para el Desarrollo Rural de Puerto Rico emitió la Enmienda Núm. 6696, radicada el 29 de septiembre de 2003, para modificar su Reglamento de Subastas, número 6641, aprobado previamente el 13 de junio de 2003. Esta enmienda busca ajustar el Inciso A(1) del Artículo V y el Artículo VI, además de enmendar el título del reglamento original. El Artículo V, Inciso A(1) se modifica para establecer que la Junta debe enviar invitaciones a un mínimo de tres licitadores inscritos en el Registro Único de Licitadores de la Administración de Servicios Generales para cada subasta. Las invitaciones deben ser firmadas por el Presidente de la Junta de Subastas. Por su parte, el Artículo VI se enmienda para definir las subastas informales como aquellas para proyectos de infraestructura que no excedan los cuarenta mil dólares. Para estas, la Junta solicitará cotizaciones a por lo menos tres licitadores registrados en la ASG, quienes deberán responder por escrito en un plazo de cuatro días laborables. La Junta evaluará las cotizaciones recibidas y adjudicará la subasta al licitador que mejor satisfaga los requisitos. Estas modificaciones se adoptan en virtud de la Ley Orgánica de la Corporación para el Desarrollo Rural y la Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme de Puerto Rico.
DEPARTAMENTO DE ESTADO Núm. Reglamento: 6696 Fecha Radicación: 29 de septiembre de 2003 Aprobado: $\quad$ Ferdinand Mercado
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO DEPARTAMENTO DE AGRICULTURA CORPORACIÓN PARA EL DESARROLLO RURAL DE PUERTO RICO SAN JUAN, PUERTO RICO
PARA ENMENDAR EL INCISO A(1) DEL ARTÍCULO V Y EL ARTÍCULO VI; Y PARA ENMENDAR EL TÍTULO DEL REGLAMENTO DE SUBASTAS DE LA CORPORACIÓN PARA EL DESARROLLO RURAL DE PUERTO RICO PARA LA CONSTRUCCIÓN DE PROYECTOS DE MEJORAS Y COMPRAVENTA DE BIENES INMUEBLES, NÚMERO 6641, APROBADO EL 13 DE JUNIO DE 2003
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