Agencia:
Junta de Planificación de PR
Número:
6664
Estado:
Activo
Año:
2003
Fecha:
16 de julio de 2003
El Reglamento de Zonificación Especial de Santurce (Enmendado), con fecha del 16 de julio de 2003, se basa en la Ley 148 de 1988, conocida como "Ley Especial para la Rehabilitación de Santurce". Esta legislación tiene como objetivos principales retener y aumentar la población, fortalecer la actividad económica y el empleo, mejorar la seguridad e infraestructura, y promover un ambiente urbano variado y peatonal. La Ley encomendó a la Junta de Planificación la tarea de desarrollar estudios para un plan de desarrollo y revisar la zonificación, además de crear un Grupo Interagencial y establecer un programa de incentivos económicos. La Junta de Planificación llevó a cabo estudios detallados, incluyendo características urbanas y planes de desarrollo integrado para Santurce Central, Villa Palmeras y Barrio Obrero, en estrecha coordinación con la comunidad. Estos estudios revelaron una población envejecida, un atractivo creciente hacia el uso residencial, la falta de armonía de nuevos desarrollos con el tejido urbano tradicional y la destrucción del espacio público por estacionamientos. Se identificó la necesidad urgente de un plan de manejo de automóviles y estructuras de estacionamiento. Estos hallazgos son fundamentales para las recomendaciones prioritarias sobre el uso y el ambiente físico del área.
Departamento de Estado Núm. 6664 A la fecha de: 16 de julio de 2003
La Legislatura de Puerto Rico aprobó a fines del 1988 la Ley 148 del 4 de agosto de 1988, conocida como "Ley Especial para la Rehabilitación de Santurce". Esta Ley se enmarca dentro de los siguientes objetivos:
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