Agencia:
Corporación del Fondo del Seguro del Estado
Número:
6659
Estado:
Activo
Año:
2003
Fecha:
7 de julio de 2003
Este reglamento, aprobado por el Secretario de Estado el 7 de julio de 2003, establece las normas para la inversión de las compensaciones destinadas a obreros, empleados o sus beneficiarios por parte de la Corporación del Fondo del Seguro del Estado (CFSE). Su propósito principal es regular los procedimientos y requisitos relacionados con dichas inversiones. La base legal para su promulgación se encuentra en la Ley Núm. 45 de 1935, conocida como Ley del Sistema de Compensaciones por Accidentes del Trabajo, y la Ley Núm. 170 de 1988, Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme. El documento detalla definiciones clave como "Anualidad", "Concubina o Concubino" y "Cónyuge", especificando las condiciones bajo las cuales estas personas son consideradas beneficiarias para fines de compensación. Además, el reglamento aborda aspectos como las inversiones consideradas provechosas, los tipos de compensación que pueden invertirse, los requisitos para las inversiones, disposiciones generales, y la tabla actuarial y tipo de interés aplicables.
Departamento de Estado Núm. 6659 A la fecha de: 7 de julio de 2003 Aprobado: Ferdinand Mercado Secretario de Estado Por: Gisela Ramer Garza Secretaria de Estado de Servicios CORPORACIÓN DEL FONDO DEL SEGURO DEL ESTADO
PAGINAS ARTICULO 1 BASE LEGAL ..... 1 ARTICULO 2 PROPÓSITO ..... 1 ARTICULO 3 DEFINICIONES ..... $1-4$ ARTICULO 4 INVERSIONES CONSIDERADAS PROVECHOSAS ..... $4-7$ ARTICULO 5 TIPOS DE COMPENSACIÓN QUE PUEDEN ..... $7-9$ INVERTIRSE ARTICULO 6 REQUISITOS ..... $9-13$ ARTICULO 7 D...
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