Agencia:
Junta de Planificación de PR
Número:
6636
Estado:
Activo
Año:
2003
Fecha:
16 de junio de 2003
La Junta de Planificación de Puerto Rico, en cumplimiento de la Ley Núm. 75 del 5 de julio de 1995, estableció una Zona Especial de Planificación en el Barrio Río Piedras del Municipio de San Juan. Esta ley facultó a la Junta para fijar los límites geográficos de dicha zona y asignar fondos para estudios técnicos y recomendaciones de política pública. El propósito principal fue abordar el deterioro económico, social y de infraestructura urbana que ha afectado al sector de Río Piedras durante décadas, excluyendo las áreas ya desarrolladas.
En respuesta a esta necesidad, la Junta de Planificación elaboró el "Plan de Desarrollo Integral y Rehabilitación de Río Piedras", en colaboración con agencias gubernamentales, comerciantes y residentes. El plan fue presentado en vista pública el 13 de septiembre de 1996, permitiendo la participación y comentarios de la ciudadanía y entidades. Tras analizar y ponderar las sugerencias recibidas, la Junta resolvió adoptar formalmente el Plan el 27 de noviembre de 1996. Posteriormente, el Gobernador de Puerto Rico aprobó este Plan mediante la Orden Ejecutiva Número OE-1996-72, consolidando así los esfuerzos para la revitalización de esta importante área.
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO OFICINA DEL GOBERNADOR JUNTA DE PLANIFICACION SAN JUAN, PUERTO RICO
Fecha Radicación: 16 de junio de 2003 Aprobado: $\quad$ Ferdinand Mercado Secretario de Estado
Por: $\qquad$ Gisela Roig del Getafe de las Asociad de Servicios Y REHABILITACION DE RIO PIEDRAS
POR CUANTO: La Ley Núm. 75 del 24 de junio de 1975, según enmendada, conocida como "Ley Orgánica de la Junta de Planificación de Puerto Rico" autoriza a la Junta de Planificación a preparar y adoptar planes de usos de terrenos que pueden ser regio...
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