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Reglamentos/Agencias/Departamento de Salud/Reglamento 6584

Reglamento 6584

Activo

Enmienda al Reglamento Número 6062, Reglamento de la Junta de Subastas. No incluido en el Índice bajo la Ley 149 12 -dic-2005

Información del Reglamento

Agencia:

Departamento de Salud

Número:

6584

Estado:

Activo

Detalles Técnicos

Año:

2003

Fecha:

18 de febrero de 2003

Descripción

La Enmienda al Reglamento Número 6062, conocido como Reglamento de Junta de Subasta, fue emitida por el Departamento de Salud del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, Programa de Servicios de Salud Correccional. Aprobada en febrero de 2003, esta enmienda se promulga bajo la autoridad de la Ley Número 81 de 1912 y la Ley Número 170 de 1988, conocida como "Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme". Su objetivo principal es actualizar y modificar diversas disposiciones del reglamento original que rige los procesos de subasta.

La enmienda abarca artículos clave como las definiciones, la composición, funciones y reuniones de la Junta de Subastas, las disposiciones generales, la celebración de subastas, las recomendaciones de la Junta, y la firma de contratos u otorgamiento de órdenes de compra. También aborda la interrelación con otros reglamentos y establece cláusulas de separabilidad y vigencia. Un ejemplo destacado de las modificaciones es la definición ampliada de "Emergencia (urgencia)", que considera sinónimos ambos términos y los aplica a situaciones inesperadas que ponen en peligro la vida, la salud, la seguridad pública, o que puedan afectar servicios públicos o la propiedad del Programa, incluyendo declaraciones de estado de emergencia por el Gobernador. Estas revisiones buscan asegurar la eficiencia y transparencia en los procedimientos de adquisición del Programa.

Contenido del Reglamento

DEPARTAMENTO DE SALUD DEL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO PROGRAMA DE SERVICIOS DE SALUD CORRECCIONAL

Departamento de Estado Núm. 6584 A la fecha de: 18 de febrero de 2003 Aprobado: Ferdinand Mercado Secretario de Estado Por: Giselle Ropero García Secretaria Aníbalde Servicios

ENMIENDA AL REGLAMENTO NÚMERO 6062, MEJOR CONOCIDO COMO REGLAMENTO DE JUNTA DE SUBASTA

Aprobado el 6 de februo de 2003

Por Hon. Johnny Rullán Secretario de Salud

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ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO DEPARTAMENTO DE SALUD PROGRAMA DE SERVICIOS DE SALUD CORRECCIONAL

INDICE

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