Agencia:
Departamento de Salud
Número:
6583
Estado:
Activo
Año:
2003
Fecha:
18 de febrero de 2003
El Departamento de Salud del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, a través de su Programa de Servicios de Salud Correccional, presenta la Enmienda al Reglamento de Adquisición y Delegados Compradores, identificada con el número 6583. Esta enmienda, aprobada por el Secretario de Salud, Johnny Rullán, el 6 de febrero de 2003, fue radicada en el Departamento de Estado el 18 de febrero de 2003 y entrará en vigor 30 días después de dicha radicación. El documento detalla las modificaciones al Reglamento Número 6063 (también referido como 6062), conocido como Reglamento Junta de Subasta.
La enmienda establece nuevas disposiciones y criterios para los procesos de adquisición, compra, permuta y arrendamiento de bienes y servicios. Incluye secciones sobre abreviaciones y definiciones, la determinación de formas de adquisición, limitaciones a las compras, y los procedimientos para la permuta y el arrendamiento, tanto con instrumentalidades gubernamentales como con servicios privados. Además, define las obligaciones de los directores de servicios clínicos y jefes de áreas administrativas, los procedimientos para la gestión de compras, la función de los delegados compradores y las responsabilidades de la Junta de Subastas. La normativa se fundamenta en la Ley Núm. 81 de 1912 y la Ley Núm. 170 de 1988.
DEPARTAMENTO DE SALUD
VOLANTE SUPLETORIO
REGLAMENTO DEL SECRETARIO DE SALUD NÚM. _____
ENMIENDA AL REGLAMENTO DE ADQUISICIÓN Y DELEGADOS COMPRADORES
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