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Reglamentos/Agencias/Ofic. del Procurador de Personas con Impedimentos/Reglamento 6567

Reglamento 6567

Activo

Reglamento para el Recibo, Depósito y Uso de Donativos o Valores.

Información del Reglamento

Agencia:

Ofic. del Procurador de Personas con Impedimentos

Número:

6567

Estado:

Activo

Detalles Técnicos

Año:

2003

Fecha:

21 de enero de 2003

Descripción

El Reglamento número 6567, aprobado el 21 de enero de 2003 por la Oficina del Procurador de las Personas con Impedimentos de Puerto Rico, establece el procedimiento para el recibo, depósito y uso de donativos o valores. Su propósito fundamental es regular cómo la Oficina puede aceptar y gestionar donaciones de personas o entidades, asegurando un manejo transparente y adecuado de estos recursos. La base legal de esta normativa incluye la Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme y la ley que creó la Oficina del Procurador, así como reglamentación del Departamento de Hacienda. Las disposiciones aplican a todo tipo de donativo, ya sea monetario o en forma de propiedad, recibido por la Oficina. El reglamento define términos esenciales como "Donativo o Valores", "Oficial Receptor" y "Cuenta de Ingresos". Además, especifica que los donativos no clasificados como propiedad deben ser referidos al Director de Finanzas de la Oficina para su procesamiento. Este marco busca garantizar la correcta administración de los fondos y bienes externos destinados a apoyar la misión de la Oficina.

Contenido del Reglamento

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO OFICINA DE LA GOBERNADORA OFICINA DEL PROCURADOR DE LAS PERSONAS CON IMPEDIMENTOS
DEPARTAMENTO DE ESTADO
Núm. Reglamento: 6567

Fecha Radicación: 21 de enero de 2003 Aprobado: $\quad$ Ferdinand Mercado Secretario de Estado

Por: $\qquad$ $\square$ Giselle Romé Gárcia Secretaria Auxiliar de Servicios REGLAMENTO PARA EL RECIBO, DEPÓSITO Y USO DE DONATIVOS O VALORES

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ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO OFICINA DE LA GOBERNADORA OFICINA DEL PROCURADOR DE LAS PERSONAS CON IMPEDIMENTOS

REGLAMENTO PARA EL RECIBO, DEPÓSITO Y USO DE DONATIV...

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