Agencia:
Departamento de la Vivienda
Número:
6546
Estado:
Activo
Año:
2002
Fecha:
8 de noviembre de 2002
Este reglamento, identificado con el número 6546, constituye una enmienda al Reglamento 5819, el cual rige el Programa de Alquiler de Vivienda para Personas de Mayor Edad con Ingresos Bajos en Puerto Rico, conforme a la Ley 165 del 23 de agosto de 1996. La modificación principal se centra en el Artículo IV, Inciso E, que redefine el término "Persona de Edad Avanzada". Bajo la nueva definición, se considera persona de edad avanzada a aquella que tenga sesenta (60) años o más de edad. Además, debe carecer de vivienda propia y sus ingresos deben estar dentro de los límites establecidos por el Reglamento de la Ley 173 del 31 de agosto de 1996, según enmendada. Este documento fue radicado el 8 de noviembre de 2002 y aprobado por el Secretario de Estado, Ferdinand Mercado. La enmienda entrará en vigor treinta (30) días después de su radicación en el Departamento de Estado, de acuerdo con la Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme.
DEPARTAMENTO DE ESTADO Núm. Reglamento: 6546 Fecha Radicación: 8 de noviembre de 2002 Aprobado: $\quad$ Ferdinand Mercado Secretario de Estado Por: Maria D. Diaz Pagán Secretaria Auxiliar Interina de Servicios
ENMIENDA AL REGLAMENTO QUE REGIRÁ EL PROGRAMA DE ALQUILER DE VIVIENDA PARA PERSONAS DE MAYOR EDAD CON INGRESOS BAJOS, SEGÚN LA LEY 165 DEL 23 DE AGOSTO DE 1996, (REGLAMENTO 5819)
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