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Reglamentos/Agencias/Centro de Recaudación de Ingresos Municipales/Reglamento 6478

Reglamento 6478

Activo

Reglamento para la Condonación de Intereses, Recargos, y Penalidades de Contribuciones Inmuebles Impuestas Sobre Propiedad Residencial del Contribuyente Mayor de 65 Años

Información del Reglamento

Agencia:

Centro de Recaudación de Ingresos Municipales

Número:

6478

Estado:

Activo

Detalles Técnicos

Año:

2002

Fecha:

25 de junio de 2002

Descripción

El Centro de Recaudación de Ingresos Municipales (CRIM) de Puerto Rico ha emitido un reglamento para la condonación de intereses, recargos y penalidades sobre contribuciones de propiedad inmueble. Esta normativa busca aliviar la carga contributiva de los contribuyentes mayores de 65 años. Para calificar, los solicitantes deben ser propietarios de una propiedad residencial y sus ingresos mensuales totales no deben exceder los $1,500.00. La facultad para establecer este procedimiento emana de la Ley Núm. 80 de 1991, que otorga al CRIM la autoridad para administrar la Ley de Contribución Municipal sobre la Propiedad y adoptar reglamentos. El trasfondo de la medida subraya la necesidad de reconocer las limitaciones económicas de los adultos mayores con ingresos fijos y limitados, quienes a menudo enfrentan dificultades para cumplir con sus obligaciones fiscales. Se busca evitar embargos y subastas de propiedades de este sector vulnerable, lo cual no se alinea con la política pública, mientras se contribuye a la estabilidad fiscal municipal. Este procedimiento concilia la necesidad de recaudación con la protección social de un segmento de la población en desventaja.

Contenido del Reglamento

Departamento de Estado Núm. Reglamento $\quad 6478$ Fecha Radicación: 25 de junio de 2002 Aprobado: $\quad$ Ferdinand Mercado Secretario de Estado Por: Gistón Rionero García Secretario yudiliar de Servicios

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

Centro de Recaudación de Ingresos Municipales

San Juan, Puerto Rico

REGLAMENTO PARA LA CONDONACIÓN DE INTERESES, RECARGOS Y PENALIDADES DE CONTRIBUCIONES INMUEBLES IMPUESTAS SOBRE LA PROPIEDAD RESIDENCIAL DEL CONTRIBUYENTE MAYOR DE 65 AÑOS Y CUYOS INGRESOS POR CUALQUIER CONCEPTO NO EXCEDAN DE $1,500.00 MENSUALES.

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